POR VIOLENTAR EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD, EL TFJA DECLARA
ILEGALES SANCIONES IMPUESTAS POR EL ISSSTE A UNA EMPRESA

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En la Sesión celebrada el 25 de octubre, la Sala Superior del TFJA resolvió, por mayoría de votos, que la inhabilitación y sanción económica impuestas por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado (ISSSTE) a una empresa proveedora de medicamentos, por incumplimiento de contrato, eran ilegales por ser excesivas y desproporcionadas.

El pleno de la Sala Superior consideró que el ISSSTE debió de considerar que el porcentaje de medicamentos que la empresa efectivamente entregó era superior al 75 por ciento, con lo cual solo incumplió parcialmente el contrato, y la normatividad prevé entre un mínimo y un máximo para establecer la inhabilitación y la sanción económica.

En este caso, el TFJA determinó que toda vez que el ISSSTE no observó lo establecido en la normatividad correspondiente y aplicó una inhabilitación y sanción económica que no correspondía, deberá emitir otra resolución en la que imponga sanciones conforme a los lineamientos precisados en el fallo.
 

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