EL TFJA ORDENÓ QUE SE DEBE INDEMNIZAR A UNA PERSONA 
QUE SUFRIÓ VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS 

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El pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) aprobó, por mayoría de votos, declarar la nulidad de una resolución negativa ficta recaída a una solicitud de acceso a recursos del fondo de compensación por violación de derechos humanos, cometida por autoridades federales. La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) deberá indemnizar a una persona que formó parte de una comunidad vulnerable y que fue privada de su libertad en los años 70´s.

Una persona, que perteneció al núcleo ejidal de la Cabecera de la Unidad Agraria de la Sierra Cafetalera San Vicente de Benitez, Guerrero, sufrió diversos hechos violatorios de sus derechos humanos durante la “Guerra Sucia”, en Atoyac, Guerrero, en 1970.

El actor presentó, en 2017, una solicitud ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas mediante la cual pidió acceso a los recursos del fondo por compensación por violación de derechos humanos, cometidas por autoridades federales, lo cual, está regulado en la Ley General de Víctimas y su Reglamento, sin embargo, la autoridad omitió contestar su petición, actualizando el supuesto de negativa ficta.

Tras el análisis del asunto, el pleno de la Sala Superior del TFJA, determinó -por mayoría de votos- declarar la nulidad de la resolución; reconocer el derecho subjetivo del actor para acceder a los recursos del fondo por compensación por violación de derechos humanos, cometidas por autoridades federales y ordenó abrir el incidente de indemnización correspondiente.
(Expediente 31568/21-17-12-8/810/23-PL-10-04)
 
 

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