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RECHAZA TFJA AMPLIAR POSESIÓN DE PATENTE A FARMACEÚTICAS
- La Segunda Sección de la Sala Superior determinó que la demora administrativa fue de las empresas solicitantes y no de la autoridad
- La Tercera Sección confirmó la inhabilitación de un perito privado que presentó información falsa para obtener su Maestría y ratificó la suspensión de dos directivos de la CFE que retuvieron pensiones jubilatorias de trabajadores
Por unanimidad, en su sesión del 20 de agosto, la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), reconoció la validez de la resolución del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) que declaró improcedente la solicitud de compensación del tiempo de vigencia de una patente de "Formulaciones que contienen linaclotida para administración oral".
La solicitud de compensación, promovida por empresas trasnacionales, pretendía extender el uso comercial del medicamento argumentando retrasos en el trámite administrativo; sin embargo, el TFJA determinó que no existieron demoras atribuibles a la autoridad, por lo que resulta ilegal ampliar la duración de la patente.
Las Magistradas y los Magistrados de la Segunda Sección precisaron que, si bien la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contempla la posibilidad de compensar la vigencia de patentes por retrasos excesivos, tal beneficio está estrictamente condicionado a que las demoras sean imputables de manera exclusiva a la autoridad, excluyendo cualquier dilación atribuible al solicitante, como se desprendió del análisis del caso.
SANCIÓN A PARTICULAR POR USAR INFORMACIÓN FALSA PARA OBTENER UNA MAESTRÍA
En su sesión pública del pasado 19 de agosto, la Tercera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió sancionar a un particular por falsedad de información al intentar obtener un título de postgrado. La persona, que se desempeña como perito e investigador privado en ciencias forenses y penales, presentó copias simples de un certificado y revisión de estudios con un promedio alterado de 9.4 ante el Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE), para obtener su título de Maestría, sin embargo, el promedio real registrado en el sistema era de 7.7.
Cabe señalar que el TFJA tiene la facultad de resolver e imponer o validar sanciones a personas particulares (físicas o morales) vinculadas con faltas administrativas graves o hechos de corrupción cometidos en conjunto con servidores públicos, esto conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
SE SUSPENDE A FUNCIONARIOS POR BLOQUEAR PENSIONES DE EXTRABAJADORES
En otro asunto, la Tercera Sección confirmó la suspensión por 60 días a funcionaros de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) que a principios de 2018 bloquearon pensiones a extrabajadores. Los sancionados instrumentaron una supuesta "estrategia de defensa laboral" consistente en suspender el pago de la pensión jubilatoria a cinco extrabajadores.
En la resolución se determinó que tal medida carecía de fundamento legal y vulneró gravemente el derecho humano a la seguridad social y al mínimo vital de los afectados, todo ello amparado por el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Para el Tribunal Federal de Justicia Administrativa el combate a la corrupción y la impunidad abarca tanto el correcto actuar de las personas servidoras públicas como la indispensable integridad de particulares que interactúan con las instituciones de la Administración Pública Federal.
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IMPORTANTE: El Tribunal Federal de Justicia Administrativa es un órgano jurisdiccional de control de legalidad, es decir, sus resoluciones son de primera instancia, por lo que actores demandantes y autoridades involucradas tienen la posibilidad jurídica de contravenir los fallos administrativos ante instancias de carácter judicial. Es por ello que también se reservan algunos datos considerados como protegidos en materia de transparencia.



















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