Artículo 141 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa

actualizado: abril 2022

“Las personas servidoras públicas del Tribunal, desde el nivel de Dirección de Área o equivalente hasta presidente, así como el personal administrativo que maneje o administren fondos, bienes y valores institucionales, y el personal jurisdiccional que tenga a su cargo expedientes, al separarse de su empleo, cargo o comisión, deberá entregar, en un plazo no mayor a quince días hábiles posterior a la fecha de su separación o conclusión del encargo a quien les sustituya en el cargo o comisión, a su superior jerárquico, o a quien éste designe para recibir los recursos financieros, humanos y materiales que tuviesen asignados; así como los expedientes y asuntos a su cargo, para el ejercicio de sus atribuciones o funciones encomendadas…”

https://www.tfja.gob.mx/pdf/secretaria_general_de_acuerdos/acuerdos_sala_superior/2025/SS-10-2025.pdf/