Constancias de inhabilitación, de no inhabilitación, de sanción o de no existencia de sanción

fecha: 11 de abril de 2024

¿Necesitas una constancia de inhabilitación, de no inhabilitación, de sanción o de no existencia de sanción?

La Dirección de Registro Patrimonial, adscrita a la Dirección General de Responsabilidades y Registro Patrimonial del Órgano Interno de Control, expide constancias de inhabilitación, de no inhabilitación, de sanción o de no existencia de sanción, con base en el Registro de Servidores Públicos Sancionados del Tribunal.

Solicítala por escrito dirigido a la Dirección de Registro Patrimonial, al domicilio ubicado en Edificio Sede Alterna y Salas Especializadas. Avenida México número 710, piso 6. Col. San Jerónimo Lídice, Alcaldía Magdalena Contreras. C.P. 10200, Ciudad de México; o bien al correo electrónico de declaracion.patrimonial@tfja.gob.mx.

Si necesitas una constancia de inhabilitación, de no inhabilitación, de sanción o de no existencia de sanción expedida por la Secretaría de la Función Pública, debes solicitarla directamente a dicha Dependencia. Consulta información en: https://www.gob.mx/tramites/ficha/constancia-de-inhabilitacion-de-no-inhabilitacion-de-sancion-o-de-no-existencia-de-sancion/SFP2826

Requisitos:

En el escrito o correo electrónico que nos envíes, proporciona la siguiente información:

  1. Tu nombre completo (primer apellido, segundo apellido, nombre(s));
  2. Registro Federal de Contribuyente con homoclave;
  3. Clave Única del Registro de Población;
  4. Correo electrónico, domicilio o número telefónico, para poder comunicarnos contigo para cuestiones relacionadas con tu solicitud.

Adjuntando la siguiente documentación necesaria:

  1. Formato de depósito referenciado (lo obtienes de la página electrónica del Tribunal https://www.tfja.gob.mx/servicios/depositos ), por concepto de constancias de no inhabilitación.
  2. Comprobante de pago de derechos en términos del artículo 5, fracción VI de la Ley Federal de Derechos, en original.

Entrega de constancias:

Las constancias que se expiden a solicitud de persona física previo pago de derechos, se entregan personalmente en las instalaciones que ocupa la Dirección de Registro Patrimonial, en el Órgano Interno de Control, ubicadas en Edificio Sede Alterna y Salas Especializadas. Avenida México número 710, piso 6. Col. San Jerónimo Lídice, Alcaldía Magdalena Contreras. C.P. 10200, Ciudad de México, después de tres días hábiles siguientes a la fecha de recepción de tu solicitud con requisitos completos.

Si no puedes acudir a recibir tu constancia personalmente, puedes autorizar a un tercero para tal fin, acompañando a tu solicitud, los siguientes documentos adicionales:

  • Carta poder simple.
  • Copia fotostática de tu identificación oficial vigente.
  • Copia fotostática de la identificación oficial vigente del tercero a quien autorizas para recoger tu constancia.

Fundamento legal:

Ley General de Responsabilidades Administrativas.

(https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGRA.pdf)

Artículo 27. La información prevista en el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y de constancias de presentación de declaración fiscal se almacenará en la Plataforma digital nacional que contendrá la información que para efectos de las funciones del Sistema Nacional Anticorrupción, generen los entes públicos facultados para la fiscalización y control de recursos públicos y la prevención, control, detección, sanción y disuasión de Faltas administrativas y hechos de corrupción, de conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.

La Plataforma digital nacional contará además con los sistemas de información específicos que estipula la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.

En el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y de constancias de presentación de la declaración fiscal de la Plataforma digital nacional, se inscribirán los datos públicos de los Servidores Públicos obligados a presentar declaraciones de situación patrimonial y de intereses. De igual forma, se inscribirá la constancia que para efectos de esta Ley emita la autoridad fiscal, sobre la presentación de la declaración anual de impuestos.

En el sistema nacional de Servidores Públicos y particulares sancionados de la Plataforma digital nacional se inscribirán y se harán públicas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y las disposiciones legales en materia de transparencia, las constancias de sanciones o de inhabilitación que se encuentren firmes en contra de los Servidores Públicos o particulares que hayan sido sancionados por actos vinculados con faltas graves en términos de esta Ley, así como la anotación de aquellas abstenciones que hayan realizado las autoridades investigadoras o el Tribunal, en términos de los artículos 77 y 80 de esta Ley.

Los entes públicos, previo al nombramiento, designación o contratación de quienes pretendan ingresar al servicio público, consultarán el sistema nacional de Servidores Públicos y particulares sancionados de la Plataforma digital nacional, con el fin de verificar si existen inhabilitaciones de dichas personas.

Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

(https://www.tfja.gob.mx/media/media/docs-marco/ritfja.pdf)

Artículo 128. Corresponde a la Dirección General de Responsabilidades y Registro Patrimonial:

XIX. Recabar, integrar y analizar la información para la implementación y actualización del Registro de Servidores Públicos Sancionados del Tribunal y expedir las constancias que correspondan en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;

Sin perjuicio de su ejercicio directo por parte del Titular de la Dirección General de Responsabilidades y Registro Patrimonial, al Director de Responsabilidades le corresponderá el ejercicio de las facultades establecidas en las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, XIX y XXII del presente numeral y al Director de Registro Patrimonial las facultades establecidas en las fracciones XIV a XXII de este artículo.